Ancade informa de la publicación de los nuevos modelos de cuentas anuales el pasado 26 de julio.
Se cuenta con un período transitorio (para ambos modelos) para formatos anteriores para las cuentas de ejercicios iniciados antes del 1/1/2020.
Las modificaciones introducidas en los modelos son las siguientes:
Nuevos modelos de cuentas anuales: Modelo normalizado ABREVIADO
En la orden se recogen fundamentalmente tres novedades con relación al modelo actualmente vigente:
La primera es la relativa a la instancia de presentación de los modelos de depósito de cuentas de sociedades que han sometido sus cuentas a auditoría.
El segundo punto se refiere a información no financiera: obligatoriedad de presentar el estado de información no financiera y su publicación en la web de la sociedad.
El tercer punto es la introducción, excepcional y transitoria, en el modelo de presentación del ejercicio 2020 la hoja de declaración COVID 19, con referencia concreta a la repercusión del estado de alarma por la pandemia COVID en las empresas.
Se analizarán los efectos de la pandemia y valorar las medidas de política económica puestas en marcha, de interés para la Administración pública.
El texto de la orden se puede encontrar aquí.
Nuevos modelos de cuentas anuales: Modelo normalizado CONSOLIDADO
En primer lugar está la previsión del depósito de cuentas consolidado mediante la utilización del formato electrónico único europeo.
Así, el uso del formato electrónico único de presentación de información para los informes financieros anuales, permite a los Estados miembros poder posponer un año la aplicación del requisito de elaboración y divulgación de informes financieros anuales empleando el formato electrónico único.
Para hacer uso de tal posibilidad, el Estado miembro ha de notificar a la Comisión su intención justificada de autorizar dicho aplazamiento.
El 12 de febrero de 2021, España comunicó que optaría por el diferimiento por un año de la obligación de presentar el informe financiero anual en el Formato Electrónico Único Europeo.
En segundo lugar, en relación con la utilización de los modelos actualmente vigentes contempla dos novedades:
La primera de ellas se refiere a la instancia de presentación de los modelos de las sociedades que han sometido sus cuentas anuales a auditoría.
Se contempla incluir la fecha de emisión del informe de auditoría, el tipo y el número ROAC del auditor o sociedad de auditoria
También la posibilidad de intervención de más de un auditor o entidad auditora.
La segunda modificación se refiere a la constancia de la información no financiera.
El texto de la orden se puede encontrar aquí